¿Sabías que podías incluir en tu testamento a una ONG como FEVAFA? ya sea dejando una parte de tu patrimonio o un bien concreto (legado). Puedes transformar tu testamento en un acto de solidaridad sin perjudicar la herencia legítima de tus herederos.
¿Y qué pasa en el caso de que no exista testamento y no haya herederos? Que los bienes y derechos de la persona fallecida pasarían a ser propiedad del Estado.
FEVAFA es una asociación reconocida de utilidad pública acogida a régimen fiscal especial regulado en la ley 49/2002, por lo que está exenta de tributar por el impuesto de sucesión. Esto quiere decir que la totalidad de los bienes recibidos por herencia o legado, sin ningún tipo de retención fiscal, estarán destinados a la Federación, a sus Asociaciones y a proyectos que promuevan la mejora de la calidad de vida de las personas con Alzheimer y la de sus familiares.
¿Sabías que también existe la opción de nombrar a FEVAFA como beneficiaria de tu seguro de vida? Pues sí, así es.
Al incluir a FEVAFA en tu testamento ayudarás a personas con Alzheimer y sus familias. Nos preocupamos por mejorar continuamente su atención sociosanitaria, porque reciban los tratamientos de estimulación cognitiva más efectivos, porque reciban un trato digno durante todo el proceso de su enfermedad, y porque dispongan de una red de recursos lo más amplia posible que cubra sus necesidades.
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