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Las entidades sin ánimo de lucro como es el caso de FEVAFA se financian, en parte, a través de donaciones. Por tal razón cualquier aportación, por mínima que sea, resulta de gran ayuda.
FEVAFA está declarada de Utilidad Pública lo que supone estar sujeta a la “Ley 49/2002 de 23 de diciembre de régimen Fiscal De Las Entidades Sin Fines Lucrativos Y De Los Incentivos Fiscales Al Mecenazgo” que ofrece diferentes ventajas fiscales a quien realiza donativos a su favor. Según el artículo 19 de la citada Ley, usted se podrá aplicar la deducción que le corresponda por las cantidades donadas a esta federación en su Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Las donaciones en especie también están sujetas a estos beneficios fiscales.
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