AYÚDANOS A AYUDAR
Las entidades sin ánimo de lucro como es el caso de FEVAFA se financian, en parte, a través de donaciones. Por tal razón cualquier aportación, por mínima que sea, resulta de gran ayuda.
FEVAFA está declarada de Utilidad Pública lo que supone estar sujeta a la “Ley 49/2002 de 23 de diciembre de régimen Fiscal De Las Entidades Sin Fines Lucrativos Y De Los Incentivos Fiscales Al Mecenazgo” que ofrece diferentes ventajas fiscales a quien realiza donativos a su favor. Según el artículo 19 de la citada Ley, usted se podrá aplicar la deducción que le corresponda por las cantidades donadas a esta federación en su Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Las donaciones en especie también están sujetas a estos beneficios fiscales.
Número de cuenta al que puede realizar su donativo:
LA CAIXA: ES38 2100 2781 87 0200021221
Puede enviar el justificante bancario a info@fevafa.org
Una vez realizado su donativo, le enviaremos el Certificado de Donaciones. Para ello necesitaremos sus datos personales (nombre y apellidos, domicilio y NIF)